Fausto Arocena Arregui
"Algo sobre el testamento de Alfonso VIII"

Título de la publicación: Revista Internacional de los Estudios Vascos

Año de la publicación: 1933

Páginas del artículo: 37-38

Don Anacleto de Ortueta, en su muy estimable libro intitulado «Navarra y la unidad política vasca», aduce , siguiendo a Labayru, el testamento incumplido de Alfonso VIII, como demostrativo de la conquista de Guipúzcoa por dicho Rey.

Fué el P. Fita quien divulgó el texto del citado documento, publicándolo en el Boletín de la Academia de la Historia (I). Vamos a transcribir, tomándola de esta fuente, la parte que nos interesa y que dice así:

«Promitto etiam quod, si deus dederit michi sanitatem, ego restituam regi Navarre omnia que teneo de ponte de Araniello usque ad fontem rapidum, et castella de buraon, de sancta vincentio, de Toro, de marannon, de alcavar, de sancta cruce de campego, villam de antonnana, et castellum de atauri, et de portella de cortes. Scio enim quod hec omnia predicta de Regno Regis Navarre debent esse et ad eum pertinere ».

Labayru y Ortueta afirman que dentro de esas líneas se consigna el deseo del Rey de devolver al de Navarra, entre otros territorios, el de Guipúzcoa injustamente detentado por el primero.

Sin embargo, quizá no estuviese en el ánimo del Rey testador dar tal amplitud a su devolución. Por lo menos, hay motivos suficientes para alimentar una duda fundada sobre buenas razones.

La identificación Araniello=Arnedillo, insinuada por Labayru, no es obvia, ni mucho menos. Téngase en cuenta que en el Privilegio de Votos a San Millán —de indudable valor de antigüedad, bien que se niegue su autenticidad —la versión latina de Arnedillo es la de Arnetiello, que es la que correctamente le corresponde.

Suponer además que Arnedillo sea termino a quo, y Fuenterrabía término ad quem del territorio devuelto, violentaría algún tanto el relleno de ese territorio con los castillos que se designan con singularidad y que serían contenidos en una zona demasiado reducida dentro de tan extensa demarcación. Y parece también extraño que, habiéndose mencionado por los cronistas coetáneos algunos castillos de Guipúzcoa recibidos o tomados en el momento de la incorporación del territorio guipuzcoano, ninguno de ellos aparezca en el testamento de devolución.

A nuestro juicio, Araniello el diminutivo latino de Arano y vendría a valer tanto como Arano-txiki, equivalente, a su vez, de alguno de los Arano de arriba y de abajo, actualmente diferenciados.

Arano, o San Martín de Arano, era punto de referencia de antiguas demarcaciones. Tal, la de San Sebastián, que se extendía usque ad Sanctum Martinum de Arano. La popularidad de Arano fué tanta que, según cuenta el doctísimo genealogista don Juan Carlos de Guerra, hubo tiempo en que muchos infantes eran bautizados con el nombre de Martín, seguido del apéndice de Arano, que naturalmente daba no poco que pensar a los novatos en las investigaciones genealógicas.

Caso de identificarse Araniello con Arano, la parte de Guipúzcoa que se pretendía devolver quedaría extraordinariamente limitada. Y da la coincidencia de que el reducido territorio cuya posesión remordía la conciencia del Rey castellano era el mismo que se atribuía como de realengo a los Reyes de Navarra, lo que podría constituir un motivo justificante de la contrición del monarca y de su deseo de reparar la detentación.

Bueno será advertir al llegar aquí que Labayru no las tenía todas consigo al lanzar sus afirmaciones, ya que adelanto la salvedad de que se pretendía devolver al menos la parte oriental de Guipúzcoa. Lo cual no es obstáculo para que el tono de sus aserciones gire alrededor de la conquista de Guipúzcoa por las armas, y para que no sospechase que Araniello pudiera interpretarse por Arano.

Claro esta que lo que hemos escrito no es fuerte alegato en contra de la pretendida conquista de Guipúzcoa por Alfonso VIII. Pero tampoco lo alegado por Labayru y Ortueta es demostrativo de la realización de esa conquista.

Como en Medicina, hay que decir muchas veces en Historia que el estado actual de los conocimientos sólo da soluciones provisionales en buena parte de los casos.

FAUSTO AROCENA

(1) Tomo VIII, Marzo de 1886, pág. 230 (VOLVER)



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